Mario Hidalgo, Grant Thornton

  1. ¿Cómo funciona el encadenamiento para exoneración de los servicios que subcontrate para llevar acabo un proyecto?
    Según la fe de erratas practicada al Reglamento, aquellos servicios relacionados, conexos o vinculados de manera directa con los servicios autorizados dentro de la gradualidad, podrán ser objeto del encadenamiento.

  2. ¿Si un anteproyecto fue visado durante los 3 meses posteriores a regir la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, goza del beneficio de gradualidad ó está exento?
    Gozan de la gradualidad en el tanto estén registrados antes del 1 de octubre de 2019. Si dichos servicios trascienden al año 2, se debe cobrar la tarifa del 4%. Si trascienden al año 3, será la del 8% y si aun llegan al año 4, será del 13%.
  3. ¿Un profesional debe pagar de IVA el porcentaje según la tasación final del proyecto hecha por el CFIA?
    Debe cobrar el IVA en atención al monto real y definitivo que se incluya en la factura respectiva.
  4. ¿La mano de obra de un proyecto, debe pagar IVA?
    La mano de obra forma parte del costo del proyecto y por ende forma parte de la base de calculo del impuesto. Si los proveedores son los que facilitan la mano de obra del proyecto, su factura de incluir IVA también.
  5. ¿Las viviendas de interés social están exentas de pagar el IVA?
    Según el criterio de la Procuraduría General de la Republica, dichas exenciones mantenían su vigencia, pues fueron acordadas en instrumentos legales que fueron aprobados antes de la vigencia de la Ley del IVA y no fueron expresamente derogadas por dicha normativa. Esperamos que la Administración Tributaria acepte esta postura.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *