Ing. Mariela Alvarado Oses
Ing. Marco Antonio Zúñiga Montero
A través de los años, Costa Rica se ha convertido en un referente panamericano y más allá en procesos de inscripción catastral y registral, que garantiza principios fundamentales para el desarrollo de cualquier nación como la seguridad jurídica, la trazabilidad y trasparencia.
Un hecho relevante en estos avances, sobre todo en lo relacionado con la inscripción y resguardo de asientos catastrales, es la evolución que ha experimentado la ingeniería topográfica. Esta permite a nuestros profesionales contar con herramientas, metodologías y tecnologías, las cuales brindan mayor precisión, eficacia y eficiencia dentro de los procesos y labores realizadas.
El 30 de marzo del 2017, mediante el Decreto Ejecutivo N.° 33797-MJ-MOPT, se oficializa el marco geodésico de referencia CR05 y su materialización mediante la red geodésica nacional CR-SIRGAS y el sistema de proyección cartográfica CRTM05, un hito histórico para nuestro país y profesión. Por lo tanto, es necesario conocer qué es la georreferenciación y sus beneficios para el desarrollo del país.
De manera general, la georreferenciación es un proceso que permite determinar, mediante labores técnicas, la posición de los elementos que componen un mapa, dentro un sistema de coordenadas establecido. Para nuestros efectos, es importante considerar la definición establecida en la Guía Técnica para Georreferenciar Planos de Agrimensura donde se define como:
“La georreferenciación se refiere a la descripción de cualquier objeto sobre la superficie terrestre, mediante sus vértices, ubicados en un sistema nacional de coordenadas enlazado a la Red Mundial, como lo es nuestra Red Geodésica Nacional de Referencia Horizontal CR05 y su Proyección Transversal de Mercator para Costa Rica CRTM05”.
Uno de los mayores beneficios es que se evitarán las sobreposiciones o traslapes entre fincas, ya que los vértices comunes de las parcelas tendrán coordenadas únicas, en un mismo sistema de coordenadas. Así, se eliminarían las orientaciones magnéticas particulares y las referencias a esquina, mecanismos con alto grado de incertidumbre.
Para poder desarrollar adecuadamente la georreferenciación, debe contarse con los insumos necesarios. En este sentido, el Instituto Geográfico Nacional, el Registro Nacional y el Colegio de Ingenieros Topógrafos, de la mano con el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, hemos trabajado en el desarrollo de las herramientas necesarias, así como de los procesos de capacitación respectivos. Parte de estas herramientas son los sistemas de información geográfica, sistemas globales de navegación por satélite (GNSS), materialización de la red geodésica nacional, base cartográfica, cobertura de ortofotos (escala 1:1000 y 1:5000) y sistemas como el Administrador de Proyectos de Topografía (APT), Sistema de Información del Registro Inmobiliario (SIRI) y el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT).
Imagen # 1. Ortofoto 1: 1000
Imagen # 2. Ortofoto 1: 5000
Nuestro sistema de inscripción catastral ha evolucionado a lo que es el mapa catastral, cuya primera declaratoria se da mediante Decreto Ejecutivo número 36830-JP de fecha 12 de septiembre de 2011. Hoy en día contamos con 170 distritos declarados como zona catastrada, lo cual es muy importante, ya que en estas áreas solo se pueden inscribir planos debidamente georreferenciados. El proceso para la declaratoria de distritos como zona catastrada no es sencillo, por ello, ya estamos trabajando a efecto de no esperar a que se cuente con una declaratoria de zona para iniciar la georreferenciación, y esperamos en muy poco tiempo (pocos meses) esto sea una realidad. Recordemos que el artículo 94 del Reglamento a la Ley de Catastro Nacional N°34331, nos indica:
“Artículo 94. —Georreferenciación de la información. Todo plano que se presente al Catastro para su inscripción debe estar debidamente georreferenciado.”
Por tanto, podemos concluir que la georreferenciación es necesaria para ubicar los levantamientos topográficos dentro del territorio nacional de forma inequívoca, con precisión y exactitud, de forma tal que el concepto de levantamiento no solo implique la medición, sino también el dibujo y localización con respecto a la red geodésica nacional y las proyecciones oficiales, obteniendo homogeneidad en los procesos, fortaleciendo los procesos de inscripción catastral y siendo un elemento fundamental para garantizar la seguridad jurídica de los bienes inmuebles.