Bienestar laboral o wellbeing

Ing. Kelsy Barrera Arley

Ing. Kelsy Barrera Arley

Licenciatura en Salud Ocupacional con énfasis en Seguridad Industrial

Comisión Ingeniería en Salud Ocupacional y Ambiente

El artículo 273 del Código de Trabajo de Costa señala lo siguiente:

Declárase de interés público todo lo referente a salud ocupacional, que tiene como finalidad promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador en general; prevenir todo daño causado a la salud de éste por las condiciones del trabajo; protegerlo en su empleo contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a la salud; colocar y mantener al trabajador en un empleo con sus aptitudes fisiológicas y sicológicas y, en síntesis, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea. (Asamblea Legislativa, 1943).

El bienestar en el lugar de trabajo ha venido tomando fuerza en los últimos años en el sector laboral, tanto público como privado. Las compañías lejos de brindar las prestaciones de ley como seguros, salario y diversos beneficios están dando un giro y le están brindando mayor importancia al trabajador, específicamente mediante la promoción de un plan de bienestar laboral para mejorar en los siguientes aspectos:

  • Físico
  • Mental
  • Social
  • Emocional
  • Financiero

Se han venido desarrollando estrategias para generar un equilibrio entre el trabajo y la vida personal de la población trabajadora, ya que esto es parte de las necesidades que se están dando en todos los rangos de edades que se encuentran activas laboralmente.

Es importante conocer algunos aspectos claves previos a la elaboración del plan de bienestar laboral:

Población trabajadora: realizar un análisis de necesidades y expectativas o levantamiento de información de la población trabajadora del lugar de trabajo, que permita identificar los riesgos físicos, sociales y mentales que estén afectando a los trabajadores y las expectativas que tengan del tema.

Apoyo de la alta dirección: es importante poder contar con el apoyo de la alta dirección con respecto a la implementación del programa, así como con el compromiso de los líderes para cumplir con los objetivos por establecer.

Objetivos: crear objetivos que se ajusten a los datos del análisis de bienestar integral de la población trabajadora y recursos que la organización destine para la implementación del plan.

Comisión de bienestar laboral: formar un grupo de integrantes estratégicos para el cumplimiento y seguimiento de los objetivos del plan de bienestar laboral, que lleve a cabo todas las actividades e indicadores relacionados.

Algunos de los beneficios de implementar un plan de bienestar laboral son:

  • Mejora de la salud integral de los trabajadores.
  • Mejora de los hábitos saludables de desconexión laboral.
  • Mejora de los hábitos saludables de alimentación y ejercicio.
  • Mejora de hábitos financieros.
  • Reducción de niveles altos de estrés y fatiga laboral.
  • Reducción de enfermedades comunes o por estrés.
  • Reducción del ausentismo laboral.
  • Mayor productividad laboral por entornos de trabajo seguros y saludables.
  • Mayor integración social entre los trabajadores.
  • Trabajadores más felices en sus puestos de trabajo.
  • Mayor retención del talento.
  • Menor rotación del personal.

Referencias:

Asamblea Legislativa. (1943). Código de Trabajo, Ley N.° 2. https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=8045

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (2024). Guía. Lista de verificación de acciones para la implementación de la Directriz N.° 027- S-MTSS: “Promoción del bienestar en las instituciones públicas, mediante la adopción de hábitos saludables en la alimentación, salud física y mental, actividad física, recreación laboral y, espacios libres de humo de tabaco”.

https://www.cso.go.cr/ver/documentos_relevantes/manuales_guias/guias/Guia%20Lista%20de%20verificacion%20de%20acciones%20para%20Directriz%20N%20027-S-MTSS%20%20Promocion%20del%20bienestar%20en%20instituciones%20publicas.pdf

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